La aprobación del Plan General de Contabilidad por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, constituye indudablemente un cambio fundamental en relación con la antigua normativa derivada del texto de 1990. En este libro, y dentro de la norma 9.ª, realizamos un análisis práctico de los derivados financieros incluidos en la cartera de negociación. Una de las condiciones que define al instrumento derivado es que requiere una inversión inicial pequeña, en relación con otros contratos que contienen una respuesta similar ante los cambios de las condiciones de mercado. Así, un contrato de opción financiera cumple la anterior condición porque la prima es significativamente menor que la inversión que se hubiera tenido que realizar para obtener el instrumento financiero subyacente al que va ligada la opción.